Apartado 1.
El Calendario de Rutas de Senderismo será confeccionado y organizado por la Asociación Senderista "IRIR" de Valencia de Alcántara.
Apartado 2.
Tanto los itinerarios de las marchas, como las fechas y horarios, son orientativos. La organización se reserva el derecho a modificarlos cuando considere que sea lo más beneficioso para la realización de la actividad y para los participantes, así como la modificación de las rutas una vez en marcha si las condiciones y las circunstancias de la ruta así lo aconsejen.
Apartado 3.
Las marchas están abiertas a la participación de todas las personas que lo deseen, siempre que acepten lo especificado en este reglamento, los Estatutos en sí y las indicaciones de los coordinadores de cada ruta.
Apartado 4.
La actividad de senderismo, tal y como se la plantea la Asociación, implica la no competición.
Apartado 5.
La participación de menores queda supeditada a la autorización expresa de sus padres ó tutores. Los menores de 14 años deberán ir acompañados por una persona mayor.
Apartado 6.
El lugar de concentración y salida de cada una de las rutas se realizará desde el Parque de España de Valencia de Alcántara (junto al dolmen), a la hora indicada en cada una de ellas. La salida de cada ruta se realizará de forma puntual, en la hora señalada, esperando como tiempo límite, 10 minutos. Pasando este tiempo de cortesía se efectuará la salida, con los senderistas que se encuentren en el lugar antes señalado, sin perjuicio de las personas que se puedan quedar sin ir a la ruta por haber llegado al lugar de concentración después del horario marcado.
Apartado 7.
La Junta Directiva, de la Asociación, en función del número de participantes en cada ruta, nombrará a uno ó varios coordinadores de ruta encargados de organizar las mismas; entre otras, tendrán como misión marcar el ritmo de la marcha, establecer las paradas para descansar, organizar el cruce de carreteras, cancelas de paso de fincas, reagrupamientos y nombrar a un socio ó socios que cierren la marcha. Es necesario seguir siempre las indicaciones e itinerarios marcados por la organización para evitar pérdidas y accidentes.
Apartado 8.
La Asociación no se hace responsable de los accidentes que puedan ocurrir en el transcurso de las marchas y viajes. Los participantes renuncian a cualquier indemnización por parte de la organización.
Apartado 9.
Este reglamento es válido para todas las Rutas organizadas por la Asociación, excepto en aquellas rutas en las que se participe en calidad de invitados, como por ejemplo puede ser una concentración de senderistas de Extremadura, que se regirán por sus respectivos reglamentos.
Apartado 10.
En la Asociación se adquiere la condición de socio por la mera voluntad de su inclusión en la misma. Como tal, se tendrá derecho a participar en todas las actividades que se lleven a cabo.
Apartado 11.
Tendrán prioridad para la inscripción los socios interesados en la actividad en concreto, los cuales deberán hacer dicha inscripción con un mínimo de 7 días de antelación.
Desde este día, y hasta 3 días antes de la realización de la ruta, podrá inscribirse cualquier otra persona que no sea socio y tenga interés en participar en las actividades, siempre y cuando haya plazas. La inscripción llevará consigo el previo pago de la cuota que estime oportuna la Junta Directiva en cada caso. Para cada Ruta y siguiendo el riguroso orden de inscripción, se contará en principio con un máximo de 55 inscripciones.
Apartado 12.
Los socios/as, para poder participar en las actividades programadas, será necesario que estén al corriente del pago de la cuota anual y aporten la cantidad que se determine en función del coste de la actividad en concreto.
Apartado 13.
Las personas que no sean socios/as de la Asociación y quieran participar en las diferentes actividades llevadas a cabo por ésta, tendrán que realizar el ingreso en la Entidad Bancaria que se determine, de la cuota fijada por la Asociación en cada momento, según la actividad en concreto, como requisito indispensable para poder inscribirse en las actividades y por lo tanto poder participar en ellas.
El plazo de inscripción, será según el apartado 11 de este reglamento.
Apartado 14.
La Asociación, a través de su Junta Directiva, tendrá facultad para en caso de impedimento por causas ajenas a su voluntad suspender una Ruta, como por ejemplo, condiciones climatológicas adversas, que surjan de improvisto.
Apartado 15.
Toda aquella persona que desee llevar a las diferentes actividades algún tipo de animal doméstico, deberá de realizar por sus propios medios el desplazamiento de dicho animal, así como hacerse responsable de los daños o perjuicios que este animal pudiera ocasionar.